Ley de Propiedad Intelectual española

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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

Para que la informaicon fuera ams completa, faltaria el cacho que va en medio, que especifica la gratuidad del derecho de cita en el ambito docente...

Pero analizando el punto del pago en docencia..
lucia escribió: Y el punto 4 en el que se especifica cuándo pagan las universidades
4. Tampoco necesitarán la autorización del autor o editor los actos de reproducción parcial, de distribución y de comunicación pública de obras o publicaciones, impresas o susceptibles de serlo, cuando concurran simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Que tales actos se lleven a cabo únicamente para la ilustración con fines educativos y de investigación científica.

b) Que los actos se limiten a un capítulo de un libro, artículo de una revista o extensión equivalente respecto de una publicación asimilada, o extensión asimilable al 10 por ciento del total de la obra, resultando indiferente a estos efectos que la copia se lleve a cabo a través de uno o varios actos de reproducción.

c) Que los actos se realicen en las universidades o centros públicos de investigación, por su personal y con sus medios e instrumentos propios.

d) Que concurra, al menos, una de las siguientes condiciones:

1.º Que la distribución de las copias parciales se efectúe exclusivamente entre los alumnos y personal docente o investigador del mismo centro en el que se efectúa la reproducción.

2.º Que sólo los alumnos y el personal docente o investigador del centro en el que se efectúe la reproducción parcial de la obra puedan tener acceso a la misma a través de los actos de comunicación pública autorizados en el presente apartado, llevándose a cabo la puesta a disposición a través de las redes internas y cerradas a las que únicamente puedan acceder esos beneficiarios o en el marco de un programa de educación a distancia ofertado por dicho centro docente.

En defecto de previo acuerdo específico al respecto entre el titular del derecho de propiedad intelectual y el centro universitario u organismo de investigación, y salvo que dicho centro u organismo sea titular de los correspondientes derechos de propiedad intelectual sobre las obras reproducidas, distribuidas y comunicadas públicamente de forma parcial según el apartado b), los autores y editores de éstas tendrán un derecho irrenunciable a percibir de los centros usuarios una remuneración equitativa, que se hará efectiva a través de las entidades de gestión.
A mi la unica critica que se me ocurre hacer es que el aspecto de "en defecto de previo acuerdo específico entre el titular del derecho y el centro", se complementara con un "o en caso de las diferentes modalidades de licenciamiento de libre distribución"..

Ahora bien, como ya he indicado, para prestar el servicio docente sin incurrir en derechos de pago, bastaría que los apuntes en vez de incorporar "reproducciones parciales" de textos con licencias CC, linken al original de la misma (que es en si mismo de libre acceso)

Por lo cual, el tema es una chapuza de redaccion, pero no obliga al pago indebido..

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Hiro
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por Hiro »

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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

ukiahaprasim escribió:Para que la informaicon fuera ams completa, faltaria el cacho que va en medio, que especifica la gratuidad del derecho de cita en el ambito docente...
Me preguntaste por el del pago de las universidades.
ukiahaprasim escribió:Por lo cual, el tema es una chapuza de redaccion, pero no obliga al pago indebido..
Y como tooooooooooodos los profesores van a hacer eso, se libran del canon. Ya sabes que aquí se funciona al revés, que con que sospechen que uno hace algo mal pagan todos.

Por cierto, los primeros datos dicen que los medios AEDE han perdido del 10 al 15% de sus visitas. Y las malas lenguas ya señalan que han hecho un froilán: muchos de sus medios han pasado de recibir tráfico (ingresos publicitarios) de Google a pagarle (por aparecen anunciados en la primera página).
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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:Y como tooooooooooodos los profesores van a hacer eso, se libran del canon. Ya sabes que aquí se funciona al revés, que con que sospechen que uno hace algo mal pagan todos.
Lo dudo mucho...
Si la universidad no paga tendrán que ir y demostrar que se está haciendo uso de material protegido, y se pagará en base al mismo..

Como hacian los inspectores de la SGAE.. que se te colaban en la boda...

Ukiah
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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

¿Igual que el canon a las empresas por la compra de CDs, que tenían que demostrar que lo utilizaban por motivos propios de su razón de ser, casi casi presentando los CDs para que se lo devolviesen?
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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:¿Igual que el canon a las empresas por la compra de CDs, que tenían que demostrar que lo utilizaban por motivos propios de su razón de ser, casi casi presentando los CDs para que se lo devolviesen?

Igual....

Ahi, pagaban por los CDs que compraban (no por los que se suponia que podian comprar)... :lista:

Lo que sucede es que como el vendedor no es, ni debe ser responsable de verificar el uso que le va a dar, luego lo reclamabas...

Ukiah
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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

Y por eso aquí hacen lo mismo, piden que paguen por los apuntes que den a los alumnos a menos que demuestren que lo que les dan está exento de derechos. Al menos eso es como lo han entendido los de Cedro para reclamarles unos cuantos milloncejos de euros.
El nuevo canon digital saldrá del presupuesto de las universidades
El artículo es muy interesante y el artículo enmendado con su derecho irrenunciable acentúa el problema.
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:Y por eso aquí hacen lo mismo, piden que paguen por los apuntes que den a los alumnos a menos que demuestren que lo que les dan está exento de derechos. Al menos eso es como lo han entendido los de Cedro para reclamarles unos cuantos milloncejos de euros.
El nuevo canon digital saldrá del presupuesto de las universidades
El artículo es muy interesante y el artículo enmendado con su derecho irrenunciable acentúa el problema.

Reclamar es facil. Yo lo hago todos los años a mis jefes, y estos no siempre aceptan mis reclamaciones.

Si lees el articulo que citas, veras que Cedro matriculo a dos detectives para conseguir pruebas.
Porque no basta con reclamar. Hace falta probar que tienes derecho a lo que reclamas.

Por cierto. En lo que si estoy de acuerdo es en lo inadecuado de que cedro cobre por derechos de autores que no estan afiliados a ella. Me parece tan inadecuado como que las universidades usen material con derechos sin pagar por ello.

Por tanto, en este caso, solo habria que mejorar QUIEN COBRA segun la ley, pero no QUIEN PAGA.

Pd. El derecho irrenunciable no esta claro en este caso, tal como he señalado hace unos post.

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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

En el párrafo final del punto 4 del artículo 32 viene lo del derecho irrenunciable.

Y no creo que los dos infiltrados supiesen con solo matricularse y pedir apuntes qué derechos estaban pagando ya las universidades y cuáles no.
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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:En el párrafo final del punto 4 del artículo 32 viene lo del derecho irrenunciable.
Si, en el que previamente habia citado y señalado por contradictorio:
En defecto de previo acuerdo específico al respecto entre el titular del derecho de propiedad intelectual y el centro universitario u organismo de investigación, y salvo que dicho centro u organismo sea titular de los correspondientes derechos de propiedad intelectual sobre las obras reproducidas, distribuidas y comunicadas públicamente de forma parcial según el apartado b), los autores y editores de éstas tendrán un derecho irrenunciable a percibir de los centros usuarios una remuneración equitativa, que se hará efectiva a través de las entidades de gestión.
lucia escribió:Y no creo que los dos infiltrados supiesen con solo matricularse y pedir apuntes qué derechos estaban pagando ya las universidades y cuáles no.
Que derechos estaban pagando, si es que pagaban alguno, seguramente lo sabian antes de matricularse ...

Seguramente se matricularon para demostrar que estaban haciendo uso de material protegido (esos apuntes que mencionas...)...

Ukiah
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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

Creo que estamos hablando de cosas diferentes. ¿Tú como alumno sabías exactamente a cuántas revistas estaba suscrita tu universidad y bajo qué licencias de uso? Porque yo sé de las que tenían en papel y del Aranzadi, por ejemplo, pero no sé si tenían acuerdos con Elsevier para copiar material de ellos, por ejemplo.
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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:Creo que estamos hablando de cosas diferentes. ¿Tú como alumno sabías exactamente a cuántas revistas estaba suscrita tu universidad y bajo qué licencias de uso? Porque yo sé de las que tenían en papel y del Aranzadi, por ejemplo, pero no sé si tenían acuerdos con Elsevier para copiar material de ellos, por ejemplo.

No.. Pero como profesor sabia perfectamente que material estaba usando.. Por eso ese canon debe pagarlo la uni y no el alumno.

Ukiah

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lucia
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por lucia »

¿Y la Uni de donde lo saca? De los alumnos o de los presupuestos generales.
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ukiahaprasim
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por ukiahaprasim »

lucia escribió:¿Y la Uni de donde lo saca? De los alumnos o de los presupuestos generales.
Al final el pagano siempre es el ciudadano...

Pero si se usa alguien tiene que pagarlo.. Que la cultura no es como los viajes de los diputados :cunao:

Ukiah

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hexagono69
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Re: Ley de Propiedad Intelectual española

Mensaje por hexagono69 »

"El PSOE recurrirá el próximo miércoles ante el Tribunal Constitucional la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que entró en vigor el pasado 1 de enero al considerar que esta norma vulnera varios aspectos de la Carta Magna.

Ibán García del Blanco ha señalado que la totalidad del mundo de la cultura ha expresado su rechazo a esta reforma y ha indicado que ni el Gobierno ni el PP han admitido enmiendas: "Para aprobar un texto que al final se derogará con toda seguridad, mejor que no hubieran hecho nada"."

Y que con toda probabilidad, esta ley, no se cumple ni se puede hacer cumplir, en este momento en multitud de Foros ... :D

:batman:
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